jueves, 14 de mayo de 2015

El Supremo respalda que el 25% de las clases en Cataluña sean en castellano


El Tribunal Supremo respalda que las escuelas catalanas impartan un 25% de las clases en castellano cuando un alumno lo pida y ha fijado que, para alcanzar esa proporción, debe darse en este idioma no solo la asignatura de lengua castellana, sino también alguna de las materias troncales. La Sala de lo Contencioso ha avalado el porcentaje que estableció el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en enero de 2014 y que deriva de la sentencia de 2010 del Constitucional sobre el Estatut, que reconoció el castellano como lengua vehicular en las escuelas catalanas.

La medida del Supremo es aplicable solo en el aula donde estudia el alumno que haya demandado ser escolarizado en castellano. En dos sentencias hechas públicas este viernes, el alto tribunal rechaza tanto el recurso contra la decisión del tribunal catalán presentado por la Generalitat, que consideraba que los tribunales invadieron una competencia del Gobierno catalán cuando fijaron el criterio del 25%, como los presentados por dos familias, que solicitaban que sus hijos recibieran el 50% de las clases en castellano, el mismo porcentaje que ha pedido el ministerio.

El Supremo cree, sin embargo, que el porcentaje del 25% es “razonable y proporcionado”. Respecto al recurso de la Generalitat, los magistrados no niegan que el tribunal catalán haya suplantado una potestad que, en principio, le correspondía al Ejecutivo de Artur Mas, pero sostienen que se ha visto obligado a hacerlo debido a la “dejación” del Gobierno catalán. El Supremo recuerda que se otorgó a la Generalitat “varias y reiteradas oportunidades” para que ejecutara la sentencia del Estatut, es decir, para que garantizaran el establecimiento del castellano como lengua vehicular y fijase un porcentaje. En el último requerimiento, el 14 de noviembre de 2013, el tribunal superior insistió en ello y advirtió de que si la Generalitat no establecía un porcentaje, lo harían los jueces. Y así hicieron dos meses después.



Fuente: Gobierno de España

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